Por Resolución 669/2011 de la Secretaría de Industria y Comercio

Unifican informatización de licencias no automáticas de importación

De esta manera se incorporó al Sistema Integrado de Comercio Exterior la tramitación de las solicitudes de certificados de importación, comprobantes y constancias de excepción comprendidas en las posiciones arancelarias de la nomenclatura del Mercosur.
Por Redaccion Comex Online

11 de octubre de 2011

Desde el Organismo informaron que las personas físicas o jurídicas interesadas en obtener dichos certificados deberán registrarse en el SISCO, en el término de 30 días corridos computados desde la entrada en vigencia de la medida.
Dentro del plazo de 15 días corridos contados a partir de la finalización del plazo establecido los interesados que hubieren obtenido la registración en el SISCO, deberán individualizar las solicitudes de certificados formulados con anterioridad a la entrada en vigencia de la medida.
La resolución lleva la firma del secretario de Industria y Comercio, Eduardo Bianchi.
En los considerandos expresa que en esta nueva etapa se hace necesario completar la incorporación al SISCO, de los procedimientos de tramitación de las solicitudes de Certificados de Importación, Comprobantes y Constancias de Excepción instituidos por las normas, a los efectos de unificar la informatización del tratamiento de las licencias no automáticas de importación.