Normativa de la AFIP sobre sinceramiento fiscal
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicará mañana viernes 21 de octubre en el Boletín Oficial una norma en la que se adecúa el plazo para efectuar el sinceramiento de efectivo en el país, tanto sea moneda nacional como extranjera.
La nueva norma dictada por la AFIP aclara que el 31 de octubre de 2016, inclusive, es la fecha límite para efectuar la apertura de las “Cuentas especiales –Ley Nº 27260- Régimen de Sinceramiento Fiscal” en una entidad financiera del país y obtener la CBU de cada una de ellas.
También establece que el 21 de noviembre, inclusive, será el vencimiento para efectuar el depósito en el banco en el que hayan sido abiertas dichas cuentas, para lo cual deberá contar con el comprobante emitido por la AFIP y, en su caso, la constancia de VEP pagado; ambos debidamente firmados por el declarante.